Moore County's Preguntas Frecuentes page

Preguntas Frecuentes

MCS ¿Qué estudiantes tienen el derecho a inscribirse en Moore County Schools?
En términos generales, los estudiantes que tienen "domicilio" en el Condado de Moore y cumplen con los requisitos de edad e inmunización tienen derecho a ser admitidos en las Escuelas del Condado de Moore sin pagar la matrícula. Los estudiantes que son nuevos en las escuelas de Moore County tienen también que presentar una declaración notariada indicando si el estudiante está, en este momento, bajo suspensión o expulsión de otra escuela y si el estudiante ha sido condenado por un delito grave puede ser rechazado a matricularse o pueden colocar condiciones en su matrícula.

Ver la Política 6020 para una explicación completa de estos requisitos.

¿Qué significa para un estudiante tener "domicilio" en el Condado de Moore?
"Domicilio" es un término legal que significa "hogar establecido, permanente." Una persona puede tener más de una "residencia" pero solamente un "domicilio" legal. El ser dueño o rentar una propiedad no es suficiente para establecer domicilio. Tampoco es vivir en algún lugar temporeramente con la intención de regresar a un hogar más permanente. Para establecer un domicilio, una persona tiene que haber abandonado su domicilio anterior, tiene que vivir actualmente en la dirección nueva, y tiene que tener la intención de hacer su nueva dirección su hogar regular, ya sea permanentemente o indefinidamente.

¿Qué documentación es necesaria para comprobar domicilio?
En casos anteriores, Moore County Schools aceptará un recibo de servicio público (gas, agua, o electricidad) en el nombre del arrendatario/propietario como prueba suficiente de domicilio. Si una factura de servicios no está disponible, se pueden solicitar otros documentos-por ejemplo, las escrituras de la vivienda, un contrato de arrendamiento o su correspondencia oficial enviada a la dirección en cuestión. Cuando los padres y los niños han establecido un hogar permanente en una propiedad propia o alquilada por otra persona, tanto los padres como el propietario / arrendatario se le puede pedir completar una afidávit que certifiquen ese arreglo.

Es importante recordar que el "domicilio" es un término legal que describe el hogar establecido, permanente. " Ser propietario, rentar o vivir en una casa no lo hace necesariamente un domicilio legal (puede ser solamente 'residencia"), y no hay un documenta que automáticamente compruebe domicilio. Moore County Schools se reserva el derecho de solicitar documentación adicional, entrevistar vecinos y así por el estilo para conducir investigaciones domiciliarias para establecer si algún estudiante en particular cumple con el criterio legal para la admisión.

¿Puede un estudiante menor de 18 años de edad tener un "domicilio" en Moore County si el domicilio de sus padres es fuera del Condado de Moore?
No, por ley, el domicilio de un menor que no ha sido legalmente emancipado por matrimonio u orden judicial es siembre el mismo que el de su padre o tutor legal, aún cuando el menor vive realmente en otro lugar. Esto significa que un estudiante de 17 años o menor cuyos padres viven en un condado vecino y que se muda con amigos o familiares en el Condado Moore sigue siendo "domiciliado" en la casa de sus padres. Tal estudiante es elegible para la admisión a Moore County Schools solamente si una excepción al requisito de domicilio aplica o si a la familia se le otorga entrada discrecional. De lo contrario, el estudiante es elegible para inscribirse en el distrito escolar donde están domiciliados sus padres.
Un estudiante de 18 años o más puede establecer su propio domicilio, pero sólo si él o ella ha abandonado por completo la casa de sus padres y estableció su propio hogar fijo y permanente.

¿Quién es "guardián legal" o "custodio legal" para propósitos de la matricula escolar?
Para propósitos de la ley estatal y políticas del consejo escolar sobre la matricula escolar y traslados, un "guardián legal" es un "guardián general" o "guardián de la persona" designada por un tribunal para cuidar y ser responsable de un menor de edad. Un "custodio legal" es una persona que se le ha concedido la custodia legal de un menor por un tribunal.

Tanto la custodia legal y la custodia legal requiere una orden oficial de la corte con un sello de archivo y la firma del juez. Una "afidávit de tutela, ""poder de abogado," o documento similar no es una orden de la corte y no será aceptada como prueba legal de custodia o tutela, aún si el documento es notariado o pretende ser legalmente comprometedor.

La única excepción a esta regla es que los miembros de las fuerzas armadas que están desplegados en el servicio militar (no incluye el entrenamiento de servicio activo de menos de 30 días). Esos padres pueden enviar a sus hijos a vivir con amigos y familiares y autorizar al que los cuida a inscribir a sus hijos en la escuela en base a un "poder especial de abogado" en forma de tutela proporcionado por los militares.

MCS ¿Hay algunas excepciones a los requisitos de domicilio?
Los estudiantes que no tengan su domicilio legal en el Condado de Moore pueden ser admitidos en las escuelas del condado de Moore sin pagar la matrícula si una de las siguientes aplica:

  • El estudiante vive en Moore County y no tiene hogar que se define bajo la Ley de McKiney Vento Education Assistance Act.
  • El estudiante vive en Moore County con un padre, guardián, o custodio legal el cual es un estudiante, empleado, o miembro de la facultad de un colegio o universidad.
  • El estudiante vive en un hogar de grupos hogar, casa cuna o de manera similar una facilidad con licencia localizada en el Condado de Moore.
  • El estudiante es considerado un niño con discapacidad bajo la Ley de Individuos con Discapacidades y fue inscrito en el sistema escolar en el último día de clases para el año escolar 2006-2007 o matriculado y asistió a una escuela en el sistema escolar el 1 de agosto del 2007, para el año escolar 2007-2008, y ha residido dentro y continuamente matriculado en el sistema escolar desde ese momento.
  • El estudiante vive con un cuidador que no es el padre que está domiciliado en Moore County para uno de los criterios específicos de dificultades observadas en la Política 6020.3.E y los padres y cuidadores que no son los padres han presentado afidávit certificando que estos requisitos han sido cumplido. Para obtener más información, consulte preguntas y respuestas a continuación.
  • El estudiante es un estudiante de intercambio que participa en un programa pre-aprobado que tiene un acuerdo recíproco para los estudiantes de las Escuelas del Condado de Moore. Nota: Actualmente no hay este tipo de programas pre-aprobados, por lo que esta excepción no está disponible en estos momentos.
  • El estudiante es un niño en edad escolar de un empleado a tiempo completo en Moore County Schools.

Ver Política 6020.3 para más información sobre estas excepciones.

¿Cuáles son los criterios de "dificultad" que permiten a un cuidador otro que no sea el padre o custodio legal a inscribir al niño en la escuela?
Bajo la ley estatal y la Política del Consejo 6020 (Admisiones Escolares), un cuidador que no es el padre o ha sido designado guardián o custodio legal por la corte puede inscribir a un estudiante en la escuela basado en el domicilio del cuidador en el Condado de Moore si el estudiante no se encuentra actualmente bajo una suspensión o expulsión de otra escuela y el estudiante vive con el cuidador para una de las siguiente razones de dificultad:

  • Muerte o enfermedad seria o encarcelación del padre o guardián legal del niño.
  • El abandono del padre o guardián legal del niño del control completo del estudiante como evidencia por la falta de proveer apoyo financiero y guía paternal.
  • El abandono por parte de los padres del niño o el tutor legal del control total del estudiante como lo demuestra la falta de apoyo financiero sustancial y orientación de los padres.
  • El abandono por parte de los padres del niño o el tutor legal del control total del estudiante como lo demuestra la falta de apoyo financiero sustancial y orientación de los padres.
  • El abuso o negligencia por parte del padre o tutor legal.
  • La condición física o mental del padre o tutor legal es tal que él o ella no puede proporcionar al estudiante con cuidados y supervisión adecuada.
  • La renuncia a la custodia física y control del estudiante por los padres del estudiante o tutor legal por recomendación del Departamento de Servicios Sociales o la División de Salud Mental.
  • La pérdida o inhabitabilidad de la casa del estudiante como resultado de un desastre natural.
  • El padre o tutor legal está en servicio militar activo durante el periodo de 30 días o más y se encuentre fuera de la unidad administrativa escolar local en el que reside el estudiante.
  • El padre o tutor legal murió durante el servicio militar activo o resultó gravemente herido y tuvo que salirse por motivo médico o retirarse del servicio militar activo como resultado de las heridas. La inscripción es válida pero solamente un año después de la fecha de muerte, salida por motivos médicos o retiro.

Tanto el padre como el cuidador no paternal deben completar las declaraciones emitidas por la escuela confirmando que se cumplen todos los requisitos legales. Si el padre o tutor es incapaz de, o se niega a firmar la declaración jurada de los padres, el cuidador tiene en cuenta este hecho en su declaración jurada, y el sistema escolar se comunicará con los padres directamente para confirmar la información proporcionada. Moore County Schools se reserva el derecho de solicitar pruebas documentadas y hacer seguimiento para confirmar la información proporcionada.

Importante: Bajo la ley de North Carolina, el suministro de información falsa en estas afidávits es un delito menor de Clase 1 y puede resultar en un retiro inmediato del estudiante, así como ser referido a la persecución penal. En adición, la ley estatal provee que la persona que proporcionó la información falsa debe reembolsar al sistema escolar por el costo de educar al estudiante durante el tiempo inscrito.

¿Cómo puedo solicitar admisión a Moore County Schools si yo no tengo domicilio en el Condado de Moore y ninguna de las excepciones de dificultad de domicilio aplica?
Los estudiantes que no tienen el derecho a admisión basado en "domicilio" bajo la Política 6020.1 o bajo una de las excepciones de dificultad para los requisitos de domicilio bajo la Política 6020.3 puede solicitar "admisión discrecional" bajo la sección 6020.4. Estas son solamente tres formas que un estudiante puede ser elegible para la admisión en Moore County Schools.

MCS ¿Cómo puedo solicitar admisión discrecional a Moore County Schools?
Las admisiones discrecionales son fuertemente desanimadas, pero podrán ser concedidas en circunstancias extraordinarias dependiendo del caso o situación. Las familias que solicitan la admisión discrecional deberán presentar sus solicitudes al Superintendente o su designado por escrito. Las admisiones discrecionales son válidas solo por un año escolar, las familias deben volver a solicitar en el plazo que se publica cada año para mantener la inscripción en los siguiente años.

El formulario para solicitar admisión discrecional se puede acceder aquí o en las oficinas administrativas del sistema escolar. Las familias deben incluir su solicitud con las siguientes formas completadas.

  • Evidencia de buen rendimiento académico y disciplina.
  • Evidencia que el estudiante no ha completado los requisitos de graduación de high school.
  • Evidencia que el sistema escolar a donde la familia tiene domicilio ha autorizado al estudiante a inscribirse en Moore County Schools, si la familia tiene domicilio en otro distrito escolar de North Carolina.
  • Cualquier otro documento adicional que deseen someter.

Nota Importante: La administración va a cobrar matricula a todos los estudiantes que han sido otorgados admisión discrecional no domiciliados en Carolina del Norte o que están domiciliados en North Carolina, pero no residen dentro del distrito escolar. La cantidad de la matricula será la cantidad de fondos locales por alumno, según lo determinado anualmente por la oficina de Finanzas. La matricula para el año escolar 2016-2017 es de $2,331.00. La matricula se debe pagar en una cantidad completa, anual antes de la inscripción. A los estudiantes que se les otorgó admisión discrecional a mitad de año se le cobrará la matricula en base a los meses de asistencia pero no menos que un periodo de calificación.

La matrícula debe pagarse en cheque o giro postal a la escuela a donde se traslada. Los cheques o giro postal deben hacerse a nombre de Moore County Schools, y en la sección de nota o memo debe incluir la palabra "tuition" (inscripción), el nombre de la escuela a donde se traslada y el año escolar del traslado.

Los niños de empleados admitidos bajo la sección 6020.3 (G) de la política no se consideran una admisión discrecional y no se les cobrará matricula.

Para más información sobre el proceso para solicitar admisión discrecional, por favor vea la Política 6020.4 y Regulación 6020.4.

¿Será mi hijo/a capaz de competir en atletismo inter-escolar después de haber sido otorgado admisión discrecional?
Bajo las reglas de North Carolina High School Athletic Association, los estudiantes participando en actividades deportivas inter-escolares que se trasladan de un distrito escolar a otro deben normalmente abstenerse de participar en cualquier deporte inter-escolar que están participando en los 365 días a menos que la familia ha cambiado de domicilio y se traslada a la zona de asistencia de la nueva escuela. Haga clic aquí para obtener más información sobre las reglas de elegibilidad NCHSAA.

Asignación a una Escuela en Particular

Si un niño tiene derecho a la admisión en Moore County Schools, a cuál escuela él o ella será asignado(a)
Los estudiantes que viven en el Condado de Moore son asignados a la escuela apropiada para su nivel de grado (primaria, elemental, escuela intermedia, o superior/ high school) localizada en el área de asistencia del "domicilio" legal del estudiante. Esto se refiere a menudo como la "base" u "hogar" escolar.

Los estudiantes con necesidades especiales serán asignados a su escuela hogar a menos que su Programa Educacional Individualizado o Plan 504 especifique un programa en particular o servicio que no está disponible en la escuela de origen, en el cual ellos serán asignados a la escuela más cercana a su hogar que provee ese programa o servicio.

Los estudiantes cuyos padres o tutores legales son empleados a tiempo completo en Moore County Schools que viven fuera del condado generalmente serán asignados a la escuela a donde el padre o el guardián trabaja o la escuela del grado apropiado en el patrón escolar que le sigue a esa escuela. Si el espacio no está disponible en esa escuela, la familia será informada de otras opciones.

Vea la Política 6201 para más información sobre la asignación escolar inicial.

Traslados Escolares

¿Cómo solicitar un traslado a otra escuela?
Padres solicitando un cambio de asignación escolar tiene que completar, firmar y entregar la solicitud de Traslado o Renovación de Traslado para la fecha límite: 5:00 de la tarde el viernes, 6 de mayo del 2016. Formularios en blanco también pueden ser recogidos en la oficina principal de cualquier escuela. Las formas deben ser entregadas por correo a (MCS, 5277 Hwy. 15-501 South, P.O. Box 1180, Carthage, N.C. 28327), por fax (910.947.3011) o correo electrónico.

MCS ¿Cuál es la fecha límite para solicitar un traslado para el próximo año?
Los traslados tienen que ser completados y entregados para la fecha límite anunciada cada año en la página web de la escuela. La última fecha para solicitar un traslado para el año escolar 2016-2017 es 5:00 de la tarde el viernes, 6 de mayo del 2016. Todas las formas deben ser recibidas o estampadas para esa fecha/hora.

¿Por qué razones se conceden los traslados?
Si la escuela que solicita es una escuela abierta-tiene suficiente espacio, empleados, capacidad del nivel de grado y programas apropiados-la administración puede otorgar las solicitudes de traslados por las siguientes razones.

  1. El padre del estudiante trabaja como un empleado tiempo completo en la escuela solicitada dentro del Condado de Moore.
  2. El estudiante tiene un hermano o hermana que será asignada a la escuela solicitada para el año escolar solicitado.
  3. Un traslado es necesario por razones de dificultad relacionadas al cuidado de antes o después de la escuela. Se les puede pedir a los padres que muestren evidencia en donde ellos no tengan otra alternativa que un traslado escolar.
  4. El propósito de los traslados es tener acceso a un programa específico, único académico (no atlético) ofrecido en la escuela que no es ofrecido en la escuela asignada del estudiante.

Las solicitudes de traslados a las escuelas cerradas, así como solicitudes de traslados a escuelas abiertas que no cumplen con los parámetros anteriores, le será negado por la administración, pero puede ser apelado al Consejo de Educación.

¿Cómo son las solicitudes de traslados para las escuelas abiertas procesadas si no hay suficientes asientos en las escuelas para el número de solicitudes de traslados recibidas?
Si no hay suficientes asientos en una de las escuelas abiertas para todos los solicitantes de traslado, a cada estudiante que solicite se le asignará un número, y los números serán ordenados al azar por la computadora. Se creará una lista de espera, y las familias en la lista de espera serán notificadas cuando un espacio esté disponible.

Para más información sobre el proceso de lotería, vea la Regla 6210.2.A.

¿Cuánto tiempo los traslados permanecen válidos?
Los traslados son válidos para el periodo de grado completo de la escuela (k-5, 6-8, o 9-12), siempre que las razones de la solicitud sigan válidas. Sin embargo, los padres/tutores deben renovar anualmente la transferencia, completando el formulario de Renovación de la Solicitud de Traslado o Solicitud de Traslado para certificar las razones para que el traslado permanezca valido.

¿Cómo puedo renovar el traslado de mi hijo/a cada año?
Para renovar un traslado concedido anteriormente, los padres/tutores deben enviar una solicitud de Formulario de Traslado y Renovación de Traslado. Este formulario también está disponible en la oficina principal de cada escuela. Debe presentar la solicitud de traslado: antes de las 5:00 de la tarde el viernes, 6 de mayo del 2016.

¿Necesito solicitar un traslado cuando mi hijo/a se mueva de la escuela elemental a la escuela intermedia o de la escuela intermedia a secundaria o high school?
Solamente si la nueva escuela no está en el patrón que le sigue a la escuela previa del estudiante. Los estudiantes que pasan de escuela elemental a la escuela intermedia o de intermedia a high school serán asignados automáticamente y no es necesario solicitar un traslado si desean asistir a esa escuela. Los estudiantes que están pasando al próximo grado (intermedia y high school) necesitan ser aprobados como estudiantes de traslado si desean asistir a una escuela que no sea la escuela que le sigue el patrón de su escuela anterior.

¿Pueden los traslados aprobados ser revocados?
Si. La administración de la oficina central puede revocar un traslado y regresar a un estudiante a la escuela que pertenece basado en problemas como tardanzas excesivas o ausencias o comportamiento inapropiado persistente. Los traslados pueden también ser revocados si se determina que fueron otorgados o renovados basados en la información falsa proporcionada por el padre o guardián.

Mi hijo/a recibió un traslado para asistir a un programa en el calendario continuo. ¿La eliminación del programa del calendario continuo significa que mi hijo/a tiene que regresar a la escuela de origen?
No. Mientras que un traslado normalmente sigue siendo válido únicamente durante el tiempo que las razones originales para el traslado sigan siendo válidas, la Junta de Educación aprobó una exención de esta política para los estudiantes que hayan obtenido el traslado para asistir a un programa de todo el año. Tales estudiantes pueden seguir asistiendo a sus escuelas asignadas en ese momento a pesar de la eliminación del programa de todo el año, marcando las casillas correspondientes en el formulario de traslado y renovación de solicitud de traslado.

¿Si mi familia se muda durante el año escolar, puede mi hijo/a completar el año escolar en su escuela actual?
Si, mientras su familia pueda proveer la transportación puede permanecer. Después que el año escolar termine, el niño será asignado a la escuela de origen en el área de asistencia nueva de la familia para el próximo año escolar. En ese momento, la única forma de permanecer en la escuela anterior será solicitando y que se le otorgue un traslado discrecional.

¿Si se concede mi traslado, podrá mi hijo/a recibir transporte en el autobús?
Probablemente no. Las rutas de transportación son basadas en el área de asistencia, y es usualmente imposible proveer transportación en el autobús a estudiantes que viven fuera del área de asistencia. Las familias que solicitan traslado pueden solicitar transportación comunicándose con el Director de la Oficina de Transportación Charles McDowell al 910 947-5481, pero esta solicitud puede ser concedida solamente si pueden acomodarse en rutas de autobuses existentes.

MCS ¿Podrá mi hijo/a competir en deportes escolares después de recibir un traslado?
Bajo las reglas de la Asociación Atlética de Carolina del Norte de la Escuela Secundaria (North Carolina High School Athletic Association), los estudiantes que participan en actividades deportivas inter-escolares que se transfieren de una escuela a otra en el mismo distrito en general, debe permanecer fuera de cualquier deporte inter-escolar que están participando en los 365 días a menos que la familia cambie de domicilio y se haya trasladado a la área de asistencia de la nueva escuela. Haga un clic aquí para más información sobre las reglas de elegibilidad NCHSAA.

¿Puedo apelar si mi solicitud de traslado es negada?
Si. Si su traslado es negado por alguna razón, usted puede apelarlo al Consejo de Educación completando y sometiendo un formulario de apelación dentro de cinco días laborables del recibo de la carta negando la solicitud de traslado. Usted puede obtener acceso a los formularios de apelación aquí o en las oficinas administrativas del sistema escolar. Los formularios completados, junto con cualquier documentación, deben ser sometidos a Dr. Eric Porter, Superintendente Asociado de Educación Secundaria. Los formularios tienen que ser recibidos o sellados para la fecha de vencimiento (cinco días laborables después del recibo de la carta de negación).

Se les notificará a las familias del horario y el lugar de su audiencia de apelación. En la audiencia, se le dará a la familia dos minutos para explicar por qué el traslado debe ser concedido. La administración tendrá dos minutos para explicar por qué la solicitud inicial fue denegada. Un panel de miembros del Consejo deliberará en privado, repasará los formularios de traslado y decidirá la recomendación de todo el Consejo. Todo el Consejo votará en la apelación, y la familia será notificada de la decisión final.

En la apelación, el panel de la Junta y el Consejo basará sus decisiones en consideración al mejor interés del estudiante; la administración eficiente y orden de las escuelas públicas; la administración de la escuela cuya reasignación es solicitada; y la enseñanza, salud, y seguridad de los estudiantes inscritos aquí.

Para más información sobre el proceso de apelación, por favor vea la Política 6410.4 y Regulación 6210.4.

¿Qué necesito hacer para inscribir a un estudiante de intercambio extranjero en Moore County Schools?
Moore County Schools matriculará a estudiantes de intercambio extranjero solamente si están participando en un programa de intercambio pre-aprobado y que tengan un arreglo recíproco con estudiantes de Moore County Schools. En estos momentos no tenemos un programa de intercambio aprobado como este. Por lo tanto, Moore County Schools no inscribirá a estudiantes de intercambio a menos que hayan establecido un domicilio permanente en el Condado de Moore o cumplir con una de las excepciones de requisito a domicilio.

Las familias auspiciando a estudiantes de intercambio también deben ser conscientes de que algunas visas requieren que los estudiantes de intercambio asistan a escuela específicas como condición para la visa. Otros tipos de visas prohíben a estudiantes inscribirse en escuelas públicas durante sus estancias temporales. Las familias deben consultar a los patrocinadores del programa con cualquier pregunta sobre los requisitos del visado.

Nota: En cumplimiento de una decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos 1981, Moore County Schools no niega la inscripción escolar basado en el estatus de ciudadanía de los estudiantes. Los extranjeros indocumentados tienen el derecho legal para inscribirse en Moore County Schools si son elegibles para la admisión basada en el domicilio, una excepción al requisito de dificultad de domicilio, o una solicitud de aprobación para la admisión discrecional. No hay requisitos de inscripción para indocumentados que no se aplican a todos los otros estudiantes.

¿Cómo yo solicito una autorización para asistir a otro distrito escolar en North Carolina?
Las familias que tengan su domicilio en el Condado de Moore y desean inscribir a sus hijos en otro distrito escolar público deben obtener una autorización por escrito de Moore County Schools. Dichas solicitudes deben dirigirse a Dr. Eric Porter, Superintendente Asociado de Educación Secundaria, al 910.947.2976. Estas solicitudes normalmente se conceden.

¿A quién puedo contactar con preguntas adicionales sobre la inscripción de los alumnos , la asignación de escuela o transferencias de la escuela?
Si todavía tiene preguntas después de recibir este FAQ y las políticas de la junta escolar que se hace referencia anteriormente, por favor, póngase en contacto con el Dr. Eric Porter , Superintendente Asociado de Enseñanza Secundaria , al 910.947.2976


Volver a la Escuela de Admisiones y Transferencias

  • Moore County Schools
  • 5277 Hwy. 15-501 South, Carthage, NC28327
  • 910-947-2976
  • 910-947-3011
Website by SchoolMessenger Presence. © 2024 SchoolMessenger Corporation. All rights reserved.